Suspendido guardián del Inpec por negarle el ingreso a la Cárcel de Picaleña a un Juez

por Ondas de Ibagué

La Procuraduría general de la Nación tomó la decisión por no permitirle el ingreso a la cárcel de Picaleña de un Juez de Ejecución de penas y ahora fue sancionado con seis meses fuera de su cargo.

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial por seis meses al dragoneante del Coiba (Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué - Picaleña), Francisco Javier González Murcia, por presunta desatención de sus deberes al impedir el ingreso de una autoridad judicial al penal.

El ente de control demostró que el disciplinado restringió el acceso inmediato al juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad al complejo, pese a existir un memorando del director del establecimiento carcelario que lo autorizaba para cumplir funciones relacionadas con la implementación del sistema oral.

Para la Procuraduría, el dragoneante incumplió el numeral 16 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, según el cual es deber de los servidores públicos "permitir a los representantes del Ministerio Público, fiscales, jueces y demás autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban adelantar sus actuaciones (…)".

Asimismo, transgredió el artículo 51 de la Ley 65 de 1993 que establece que “(…) donde no existen permanentemente jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad estos deberán realizar al menos dos visitas semanales a los establecimientos de reclusión que le sean asignados (…)”.

A juicio del Ministerio Público se quebrantó el principio de eficacia “en detrimento de derechos de población vulnerable como es la garantía de acceso a la administración de justicia de los internos”, sin justificación alguna.