“Si Guillermo Alfonso se posesiona como ministro, Mauricio Jaramillo queda inhabilitado”: Alfonso Portela

por Edward Amaya M

A juicio del exregistrador delegado para Asuntos Electorales, el artículo 111 inciso 6° de la Ley 2200 del año 2022 es clara al establecer las inhabilidades de los gobernadores, que para el caso, tiene que ver con el grado de consanguinidad entre un aspirante al cargo y un ministro.

Ministro gui

Uno de los mayores expertos en temas electorales del país, quien incluso ha sido asesor de expresidentes como Juan Manuel Santos, aseguró que la Ley que moderniza la organización y funcionamiento de los departamentos se convierte en el impedimento de Mauricio Jaramillo Martínez en su aspiración a la gobernación, desde el mismo momento en que su hermano Guillermo Alfonso se posesione y expida el primer acto administrativo con repercusiones nacionales, lo que obviamente incluye al Tolima.

El artículo 111 que establece la inhabilidades de los gobernadores, en su inciso sexto expresa: Quien tenga vínculo por matrimonio o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo departamento, o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento.

Portela explicó que una vez posesionado, el médico Guillermo Alfonso se convierte en una autoridad administrativa cuyas decisiones tendrán repercusiones en el departamento del Tolima, ente territorial en el cual Mauricio Jaramillo pretende gobernar. “La jurisprudencia se ha ocupado de temas como la territorialidad que se extiende en el caso de los ministros a todo el país. Cualquier decisión en materia administrativa como un programa de vacunación, apropiación de recursos para atender una emergencia en el departamento, etc. producirá la inhabilidad, es decir, todo aquello que genere autoridad civil administrativa y que tenga repercusiones en el departamento.

El ex Registrador para Asuntos Electorales dijo que las inhabilidades tienen una característica o razón de ser y es que en el proceso político ningún candidato pueda tener ventaja. “Si habláramos en términos futboleros, se trata de que la cancha esté equilibrada para todos los jugadores. En el ejemplo, Mauricio Jaramillo tendría ventaja sobre sus oponentes, por ende, cualquier decisión administrativa del nuevo ministro de Salud que implique una ejecución, un recurso, un nombramiento, es decir todo lo que está ligado a la autoridad administrativa le generaría esa inhabilidad.

En Colombia, los ministerios, son organizaciones administrativas a cuya cabeza se encuentra el ministro y hacen parte de lo que se conoce como administración central, es decir el cuerpo de dependencias que tienen jurisdicción sobre todo el territorio nacional y buscan ordenar un cierto sector de la actividad de los asociados que merece una especial atención del estado, como la salud, las relaciones internacionales, la economía, etc.