Fiscalía acusa a mayor de la Policía de haber disparado contra Santiago Murillo

por Juan David Ortiz

De acuerdo con el ente acusador, Jorge Mario Molano jaló el gatillo de su arma de dotación y le ocasionó la muerte al joven.

policía que asesinó a Santiago

Por primera vez la Fiscalía General de la Nación reconstruyó el asesinato de Santiago Murillo, perpetrado la noche del primero de mayo en inmediaciones de la carrera Quinta con calle 60 de Ibagué.

Durante la audiencia virtual de conflicto de competencia que se adelantó en la mañana de este miércoles, el ente acusador señaló que uno de los dos oficiales capturados el pasado 10 de mayo habría disparado contra el joven de 19 años de edad.
 
Se trata del mayor Jorge Mario Molano Bedoya, comandante de la Estación Norte de Policía, quien presuntamente jaló el gatillo de su pistola de dotación aproximadamente a 80 metros de distancia de la víctima.
 
Según la fiscal del caso, el uniformado estaba ubicado justo al frente de la librería Panamericana y desde ese punto impactó en el pecho al adolescente, quien transitaba a pie por la otra acera, es decir, por el carril descendente de carrera Quinta con calle 60.
 
De igual manera, reveló que el joven no participaba de ninguna manifestación o enfrentamiento contra la fuerza pública, la cual se encontraba custodiando el establecimiento comercial que minutos antes había sido vandalizado. 
 
Una vez el joven fue alcanzado por el proyectil, corrió aproximadamente tres metros y se desplomó en la acera peatonal.
 
En ese momento, un grupo de manifestantes que se concentraba en la zona lo auxilia y a pesar de solicitar ayuda de los uniformados, ninguno le presta atención.
 
Para la Fiscalía, la situación fue desatendida por la Policía como lo demuestra un video aficionado grabado desde un edificio cercano el cual publicó hace algunas semanas Ondas de Ibagué a través de sus redes sociales. 
 
Finalmente, el joven fue trasladado a la Clínica Nuestra por un domiciliario que pasaba por la zona y luego de 28 minutos de labores de reanimación muere por el disparo que le ocasionó una grave herida cardiaca, lesiones pulmonares y fractura del húmero derecho.
 
Al otro día de los hechos, es decir, el 2 de mayo, el mayor Jorge Mario Molano y el teniente Andrés Parra, se presentan a las 12:47 del mediodía en la Fiscalía General de la Nación para rendir su versión voluntariamente. 
 
Tras ser escuchados, el Juzgado 188 Penal Militar expide orden de captura contra los uniformados y el 10 de mayo son capturados en Ibagué. 
 
La fiscal también argumentó que hubo una conducta criminal del mayor implicado y añadió que los hechos no tienen relación directa con el servicio, teniendo en cuenta que Santiago nunca atacó a los oficiales y se encontraba caminando solo sobre la carrera Quinta calzada sentido norte. 
 
En ese sentido el ente acusador reafirmó que hubo una extralimitación de funciones y la conducta fue ajena al servicio, ya que la víctima no generó confrontación para que el policía accionara su arma.
 
Los argumentos de la Fiscalía para que el caso pase a la justicia ordinaria
 
En medio de su intervención, la fiscal expuso uno de los argumentos más contundentes para que el caso no esté más en cabeza de la Justicia Penal Militar sino en la ordinaria. 
 
La representante del ente acusador explicó que si el policía utiliza su investidura para realizar un acto delictivo o criminal, el fuero de la Justicia Penal Militar no puede ampararlo. 
 
En ese sentido, un acto propio del servicio no puede ser delictivo y reiteró que si se trasgrede se rompe el vínculo con la Justicia Penal Militar y la competencia pasa a un juez común. 
 
Juez penal militar será investigado
 
Por su parte la representante de la Procuraduría General de la Nación, Clara Daysi Ubaque Roa, hizo una grave acusación contra el juez 188 Penal Militar, al manifestar que faltó a la verdad en su auto de 25 páginas, no hubo contexto de los hechos y se basó en testimonios posteriores a la situación. 
 
Para el Ministerio Público, sus argumentos fueron débiles y se desconocieron elementos importantes, de hecho, ni siquiera hizo alusión a los protocolos de la fuerza pública frente a escenarios de protesta social.  
 
Por esta razón, la Procuraduría le solicitó al Juez Octavo Penal Municipal con Función de Control de Garantías que se investigue penal y disciplinariamente al juez 188 de Instrucción Penal Militar con el fin de determinar si el auto que profirió para dictar orden de captura contra los dos oficiales tiene irregularidades al desestimar varios elementos en los que sucedieron los hechos. 
 
La petición fue avalada por el togado y se compulsaron copias a las autoridades correspondientes, así lo dijo el Juez Octavo Penal Municipal con Función de Control de Garantías.
 
Una vez concluyó la audiencia, el juez del caso decidió remitir el expediente a la Corte Constitucional, instancia que será la encargada de dirimir el conflicto de competencia y establecer si el caso sigue en manos de la Justicia Penal Militar o se traslada a la justicia ordinaria.