Insólito: libertad a un hombre que tenía en su estómago 4 cápsulas de marihuana

por Redacción Judicial

El alto tribunal consideró que el sujeto por ser adicto no podía ser judicializado.

Capsulas marihuana 18 11

El Tribunal Superior de Ibagué en la Sala de Decisión Penal, dio a conocer el fallo que dejó en libertad de cargos al señor César Augusto Arroyave Serna. Según se pudo establecer, el día 30 de octubre, Serna en su calidad de interno del Complejo Penitenciario de Ibagué fue trasladado por molestias en su estómago, dando a conocer luego de un estudio médico que tenía 4 capsulas de marihuana en su estómago. 

Ante estos hechos, el día 30 de octubre de 2019, ante el Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué-Tolima, se adelantó audiencia concentrada en contra de Arroyave, donde se le imputaron cargos a título de autor, la presunta comisión del delito de Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, verbos rectores “adquirir” y “transportar”, cargos que no fueron aceptados por aquél.

Luego, la diligencia preparatoria tuvo lugar el 03 de junio de 2020, fijándose el día 29 de julio del mismo año, para iniciar la etapa de juicio oral, teniendo en cuenta que este se adelantó en sesiones de fechas 29 de julio, 02 de septiembre y 18 de noviembre de 2020, diligencia última en la que se dio lectura a la sentencia de carácter absolutorio en favor de CÉSAR AUGUSTO ARROYAVE SERNA, por el delito de Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, por el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Ibagué , ya que según el juez no se conoció la destinación real de la sustancia, teniendo en cuenta que se atribuyó al procesado como adicto a la misma, por lo que no se definió para qué transportaría la sustancia en su estómago. 

Al llevarse a cabo este proceso, se presentó un recurso de apelación por el Fiscal 45 Seccional de Ibagué, quien solicitó que se revocara el fallo absolutorio proferido en sede de primera instancia, ya que indica que esta persona ingresó este tipo de sustancias a un centro carcelario de manera ilícita y no lo entregó de forma voluntaria. Además, señala que el proceso realizado contra el acusado no fue el debido ya que se procesó como una persona capturada en flagrancia en la calle, no en un centro penitenciario.

Finalmente, el Tribunal Superior de Ibagué en la Sala de Decisión Penal resolvió que la decisión absolutoria adoptada por el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué, en el fallo de primera instancia de fecha 18 de noviembre de 2020, deviene acertada, dada la atipicidad de la conducta ejecutada por CÉSAR AUGUSTO ARROYAVE SERNA, el día 30 de octubre de 2019, o al menos la duda sobre el particular.