Director del Coiba en líos por darle permiso a un recluso

por Ondas de Ibagué

El ente de control demostró que disciplinado omitió poner en conocimiento del Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, la concesión de permiso de hasta 72 horas sin vigilancia para salir del establecimiento penitenciario entre los días 15 y 18 de mayo de 2017, a un condenado que aprovechándose de este beneficio anteriormente había reportado fuga.

A juicio del Ministerio Público, con esta conducta el entonces director del penal, Coronel, Jairo Enrique Páez Durán, desconoció que este tipo de concesiones debe contar con la aprobación establecida en el numeral 5º. del artículo 38 de la Ley 906 de 2004, a la que debió someter y condicionar su decisión.

Igualmente incumplió el numeral 4º del artículo 147 de la Ley 65 de 2000, que señala que “la Dirección del Instituto Penitenciario y Carcelario podrá conceder permisos con la regularidad que se establecerá al respecto, hasta de setenta y dos horas, para salir del establecimiento, sin vigilancia, a los condenados que no registren fuga ni tentativa de ella, durante el desarrollo del proceso ni la ejecución de la sentencia condenatoria”.

La Procuraduría Regional del Tolima calificó la falta como grave cometida con culpa grave. La apoderada del servidor interpuso recurso de apelación contra esta decisión de primera instancia, que será resuelto por Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial.

Por: Juan Manuel Escobar, periodista judicial.