¡Atención remisos! Hasta el 27 de diciembre hay plazo de definir su situación militar con beneficios

por Ondas de Ibagué

El Ejército Nacional le envió un salvavidas a los miles de remisos del Tolima que necesitan definir su situación militar antes de que finalice este año.

En cumplimiento de la Ley 1961 de 2019, los ciudadanos que podrán beneficiarse del Régimen de Transición deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción extemporáneamente en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta antes del 3 de agosto de 2017.

- Ciudadanos citados y que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica en vigencia de la Ley 48 de 1993 y hasta el 3 de agosto de 2017.

- Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron a la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de Reclutamiento y Movilización (Remisos).

- Ciudadanos mayores de edad, que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar, una vez obtuvieron su título de bachiller a partir de la vigencia de la Ley 1861 de 2017.

- Ciudadanos con recibo de cuota de compensación militar que no hayan realizado el pago de forma oportuna o en los plazos fijados en el mismo (Ley 48/1993 - Ley 1184/2008).

Además de la calidad de infractor con o sin multa, el ciudadano debe demostrar que se encuentra en una o más de las causales de exoneración dispuestas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 o ser mayor de 24 años de edad.

Así lo explicó el mayor Juan Guillermo Villegas García, Comandante del Distrito Militar 38 en Ibagué.

La calidad de infractor debe estar reflejada en el sistema misional de Reclutamiento, la cual el ciudadano podrá consultar a través de  www.libretamilitar.mil.co o en los distritos militares.

El Régimen de transición que dispone la Ley 1961 de 2019, aplica también a los ciudadanos residentes en el exterior.