14 años de inhabilidad general para Guillermo Alvira exalcalde de San Luis 2012 - 2015

por Ondas de Ibagué

Aunque el fallo de la Procuraduría Provincial de Ibagué es en primera instancia y puede ser apelado, se conoce esta decisión en las últimas horas.

En el año 2015, mediante oficio No. DCD-0425-2016-100 el Contralor Departamental del Tolima remite a la Procuraduría Provincial de Ibagué, en un C.D., copia del informe definitivo de la auditoría especial del recurso del créditovigencia fiscal 2015- que adelantó ese ente de control fiscal en la Alcaldía Municipal de San Luis Tolima.

En dicha auditoría, se evaluó especialmente lo correspondiente al préstamo que por $1.500.000.000 efectuó al municipio de San Luis con la entidad BANCOLOMBIA SA, para "La compra de un vehículo para el cuerpo de bomberos, dotación al cuerpo de bomberos e implementación, mejoramiento de vivienda de interés social en el casco urbano y rural, malla vial del centro poblado de Payandé, y malla vial de la cabecera municipal". Recursos con los cuales el municipio de San Luis Tolima celebra convenios y un contrato, así:

Convenio de Cooperación No. 7 de 2015: con el cuerpo de bomberos voluntarios del municipio de San Luis, para la adquisición de dos vehículos de bomberos tipo cisterna que permita el fortalecimiento institucional y aumentar la capacidad de reacción de este organismo de socorro en la gestión de riesgos de desastres en el municipio.

Convenio de cooperación No. 09 de octubre 28 de 2015: Con la Sociedad Tolimense de Ingenieros pro valor de $875.106.000, el cual tiene como objeto "AUNAR ESFUERZOS ADMINISTRATIVOS, FINANCIEROS, ECONÓMICO Y HUMANOS PARA LA CONSTRUCCiÓN DE OBRAS DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS TOLlMA".

Convenio de Cooperación No. 11 de 2015: Con La Sociedad Tolimense de Ingenieros, por valor de $177.630.000, el cual tiene como objeto "aunar esfuerzos administrativos, financieros, económicos y humanos para realizar la intervención de la malla vial urbana del centro poblado de Payande municipio de San Luis". Selección abreviada no. msl-sa-005-2015, por cuantía de $1.908.940.125, con el objeto de "rehabilitación y pavimentación en concreto rígido de la calle 7 entre carrera 1 y 8 municipio de SAN LUIS - TOLlMA", que culminó con la celebración del CONTRATO No. 208 de 2015. En el informe presentado por la Contraloría Departamental del Tolima, se hacía referencia a situaciones posiblemente irregulares presentadas en cada uno de los aludidos procesos contractuales.

Al investigado GUILLERMO IGNACIO ALVIRA ESTRADA, como Alcalde Municipal de San Luis Tolima, periodo 2012-2015, se le formularon cuatro cargos así:

1, PRIMER CARGO:
Se cuestiona a GUILLERMO IGNACIO AL VIRA ESTRADA, como Alcalde Municipal de San Luis Tolima, el haber celebrado de manera directa -sin proceso de selección previo ninguno- el Convenio de Cooperación No. 09 de octubre 28 de 2015 con la Sociedad Tolimense de j Ingenieros por valor de $875.106.000 ("Aunar esfuerzos administrativos, financieros, económicos y humanos para la construcción de obras de interés público para el mejoramiento de vivienda de interés social de la zona urbana y rural del municipio de San Luis Tolima'

2. SEGUNDO CARGO:
También se cuestiona a GUILLERMO IGNACIO ALVIRA ESTRADA, como Alcalde Municipal de San Luis Tolima, el haber celebrado de manera directa -sin proceso de selección previo ninguno- el Convenio de Cooperación No. 11 de junio 22 de 2015 con la Sociedad Tolimense de Ingenieros

3. TERCER CARGO:
Se cuestiona a GUILLERMO IGNACIO ALVIRA ESTRADA, como Alcalde Municipal de San Luis Tolima, el haber celebrado de manera directa -sin proceso de selecci6n previo ninguno- ef Convenio de Cooperaci6n No. 07 de junio 12 de 2015 con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de San Luis Tolima por valor de $549.900.800.

4. CUARTO CARGO:
Se cuestiona a GUILLERMO IGNACIO ALVIRA ESTRADA, como Alcalde Municipal de San Luis Tolima, ordenador del gasto, representante legal y responsable del proceso contractual (artículo 315 numeral 9° Constitución Política, Ley 136 de 1994 articulo 91 literal d numeral 5, Ley 80 de 1993 artículos 11 numeral 3° literal b y 26 numeral 5), inobservar posiblemente principios de la contratación estatal como el de la transparencia -deber de selección objetiva- y responsabilidad, al haber dispuesto mediante Resolución No. 252 de septiembre 17 de 2015 adelantar proceso de selección abreviada de menor cuantía para la contratación por $1.908.940.125, para la "Rehabilitación y pavimentación en concreto rígido de la calle 7 entre carrera 1y 8 del municipio de San Luis Tolima", y producto de ello celebrar el contrato No. 208 de octubre 19 de 2015 con el señor MANUEL IGNACIO ZARA TE ROJAS, cuando para ello debió haberse agotado actividad de escogencia a través de licitación pública (art. 30 Ley 80 de 1993).ya que la cuantía era superior a $180.418.001.

Se conoció que asimismo, la Procuraduría también le impuso sanción a Javier Quitian Romero, secretario de gobierno municipal en su momento y a Yamile Meneses Flórez, secretaria de planeación municipal en calidad encargada en ese gobierno.

Javier Quitian Romero: DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) AÑOS.
Yamile Meneses Flórez: DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) AÑOS.

Los tres exfuncionarios del gobierno municipal de San Luis – Tolima, podrán apelar este fallo por ser en primera instancia.