Alcaldía de Cajamarca derogó decreto por el cual expendedores de carne estaban en cese de actividades

por Yicela Parra

Luego de casi 10 días de registrarse el cierre de los establecimientos de venta de carne, se emitió decreto regulando esta actividad y modificando el precio máximo.

Carne

De acuerdo a un comunicado emitido por la alcaldía de Cajamarca, se expidió el decreto Municipal 042  por medio del cual, se deroga el Decreto no. 040 del 19 de mayo de 2016 y se toman otras disposiciones concernientes al control y vigilancia de precios y protección al consumidor.

Este afirma que para la fijación de precios prevalecerá la libre competencia teniendo en cuenta la estructura de costos, la calidad, inocuidad, condiciones del mercado y las circunstancias socioeconómicas del municipio, evitando la especulación y acaparamiento, las cuales serán sancionadas conforme a la normatividad penal y administrativa vigente.

De igual forma se reglamenta que todo productor debe asegurar la idoneidad y seguridad de los bienes y servicios que ofrezca o ponga en el mercado, así como la calidad ofrecida. En ningún caso estas podrán ser inferiores o contravenir lo previsto en reglamentos técnicos y medidas sanitarias o fitosanitarias.

A su vez los expendedores de carne del municipio, deberán responder de manera suficiente, a los estándares de calidad e inocuidad exigidos por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y la Secretaria de Salud Departamental.

Y con el fin de hacer una vigilancia mas estricta, todo propietario de expendio de carnes del municipio, deberá registrarse ante la Planta de Beneficio Animal, la cual cuenta con autorización sanitaria provisional por parte del INVIMA, y se le asignará un código (número por cliente) para la entrega correspondiente de las canales. Dicha entidad diligenciara las guías de transporte de carne en canal, las cuales indicaran la cantidad de bovinos y porcinos sacrificados y el propietario de cada canal.