Establecimientos con normas anteriores al Plan de Ordenamiento Territorial son objeto de protección.

por Ondas de Ibagué

Los propietarios o poseedores de inmuebles que bajo la vigencia de normas establecidas en el pasado -pero derogadas en la actualidad-, obtuvieron el concepto de uso de suelo que permite el funcionamiento de los establecimientos; serán objeto de protección por parte de las autoridades locales y en particular de la Secretaría de Planeación a través de la figura de “uso establecido”.

De acuerdo con Héctor Eugenio Cervera, secretario de Planeación, esto rige siempre y cuando el establecimiento tenga el mismo propietario, conserve la misma actividad, y además guarde las características originales de cuando se adquirió el concepto de uso compatible del suelo.

“La tradición de un establecimiento de comercio en un inmueble no se constituye en autorización tácita de las autoridades locales para desarrollar la actividad que se venga ejerciendo”, dijo Cervera.

Y agregó: "Por el contrario, ante situaciones irregulares o anómalas en relación con el ordenamiento territorial, es deber de la Administración adoptar correctivos y disponer de mecanismos que garanticen el restablecimiento del orden público o la normalización de situaciones que no se encuentran acordes al Plan de Ordenamiento Territorial, y que se vienen presentando en forma inapropiada, afectando derechos generales o colectivos que prevalecen sobre expectativas particulares”.

Por: Paola Rojas Gómez, Periodista Regional