Reubicarán colegio Darío Echandía en Ibagué

por Natalia Gutiérrez

La Secretaría de Educación Municipal perdió la acción de tutela interpuesta por un estudiante.

Colegio Dario Echandia

La crisis educativa sigue vigente en el departamento del Tolima y el anuncio del retorno a clase de manera presencial causa mayor preocupación tanto en docentes como padres de familia y estudiantes.

Así las cosas, Mediante auto No. 343 de fecha 23 del 11 de junio de 2021, se admitió la acción de tutela, y se les concedió el término de un día a las accionadas y vinculadas para que dieran respuesta.

Cabe resaltar, que esta tutela fue interpuesta por el señor José Domingo García Bocanegra en representación de Juan David García Suache, contra la Secretaría de Educación del municipio de Ibagué, Ministerio de Educación Nacional, Alcaldía Municipal de Ibagué.

Así las cosas, se decidió por el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Ibagué Tolima, amparar el derecho a la educación al Joven Juan David García Suache y a todos los estudiantes matriculados en la Institución Educativa Darío Echandía Olaya, ordenar  a la Alcaldía de Ibagué y a la Secretaría de Educación de esta Municipalidad, que reubiquen a todos los estudiantes inscritos en todos los grados y jornadas escolares en éste año lectivo y al personal académico y administrativo que trabajen en la Institución Educativa Darío Echandía Olaya, de forma temporal, en otro sitio donde puedan asistir el 15 de julio de 2021 a clases presenciales o de alternancia, para la vital formación académica de los estudiantes, para lo cual se tendrá en cuenta los protocolos de bioseguridad para prevenir la transmisión del COVID- 19.

Además, se ordenó a la Secretaría de Educación Municipal, al Ministerio de Educación Nacional, Curaduría Urbana Número Uno de Ibagué, y todas las entidades que tienen que ver con la realización de la obra de demolición y construcción de la nueva sede educativa, para que de manera armónica y coordinada agilicen los trámites en pro de la población estudiantil, docentes y personal administrativo, obteniéndose en el menor tiempo posible la materialización de la obra, que asegure el pleno desarrollo de la personalidad y dignidad de los estudiantes y el bienestar general de la comunidad educativa del plantel.

Así las cosas, se deberá llevar a cabo el proceso de reubicación de los estudiantes en el tiempo establecido.