Por decreto presidencial: obligatorio carné de vacunas contra el COVID-19

por Carolina Vera

¿Dónde si y donde no se exigirá el carné?

Carne de vacunas covid19

El Gobierno Nacional emitió el decreto 1408, mediante el cual se establece la exigencia del carné de vacunación contra el COVID a las personas que quieran ingresar a eventos públicos o privados que impliquen asistencia masiva de personas.

Según el decreto, los encargados de cumplir esta medida serán los propietarios u organizaciones de eventos presenciales de carácter público o privado. El establecimiento que incumpla la exigencia del carné de vacunación será sancionado.

El carné se requiere en todos los eventos masivos públicos o privados: conciertos, ferias y sitios como restaurantes, bares, gastrobares, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos, o estadios, parques de diversiones y temáticos, museos, pero constantemente se estará evaluando si es necesario ampliar la medida a otros espacios. A futuro puede ser requisito para montarse en un avión o ingresar a iglesias.

En el caso de los hoteles se debe solicitar para eventos privados o especiales. No se requiere para servicios de hospedaje. Los centros comerciales no deben solicitar el carné de vacunación para el ingreso al centro comercial, solamente se solicitará en los espacios en los que se realicen eventos públicos o privados, en el área del cine, o parques temáticos.

Los conjuntos residenciales, no deberán exigir el carné de vacunación a sus residentes, pero si hay un evento en el salón comunal será necesario.

Desde el 16 de noviembre se empezará a exigir el carné para mayores de 18 años. Estas medidas tendrán una progresividad en cuanto a la edad de las personas, a partir del 30 de noviembre también empezarán a regir para mayores de 12 años.