Confirmado: este miércoles 16 de septiembre será día sin carro y sin moto

por Ondas de Ibagué

Esta jornada será desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche. Cabe destacar que los vehículos que se encuentran dentro de las excepciones podrán transitar por las vías de la ciudad.

A través del Acuerdo Municipal 009 del 2018, se institucionalizó el día sin carro y sin moto cada segundo miércoles de febrero y tercer miércoles del mes de septiembre. La jornada regirá desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m, con el propósito de contribuir con la protección del ambiente.

Por ello, la Administración Municipal promoverá el uso de transporte alternativo y amigable con la naturaleza, con la habilitación la estación de bicicletas públicas en la Plaza de Bolívar.

“Para este día queremos incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo y por eso queremos poner en funcionamiento nuevamente la estación que se encuentra en el centro de la ciudad”, dijo César Fabián Yáñez, secretario de Movilidad.

Durante la actividad, el transporte público colectivo operará con el 100 % de sus vehículos y los taxis con el 80 % del parque automotor, para garantizar la movilidad de los ciudadanos.

“Invitamos a los ibaguereños a tomar el transporte legal, cumplir con las normas de autocuidado para que evitemos la propagación del Covid-19 en nuestra ciudad”, señaló el funcionario.

Así las cosas, durante el segundo día sin carro y sin moto se realizarán las siguientes actividades:

-Ciclovibra por la carrera Quinta desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

-Activación física y recreativa a cargo del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación, Imdri

-Ciclopaseo nocturno.

Estas serán las excepciones que aplicará para esta jornada

Dentro del Decreto que regula este evento amigable con el medio ambiente, se han determinado las siguientes excepciones:

- De policía, fuerzas militares, organismos de seguridad, escoltas, blindados.
- De servicio social y diplomático, Secretarios de despacho, Directores de institutos descentralizados a nivel municipal y departamental.
- Operativos de servicios públicos domiciliarios (recolectores de basura, acueducto, telefonía, energía y gas).
- De transporte de valores y vehículos de seguridad.
- De atención médica domiciliaria, transporte de enfermos tales como ambulancias, bomberos, defensa civil, cruz roja, etc.
- Carrozas fúnebres y su respectivo cotejo fúnebre.
- En los que se desplacen permanentemente autoridades judiciales.
- De transporte de carga conforme Licencia de tránsito, destinados a la distribución de bienes y alimentos.
- Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de paso por la ciudad, situación que se acreditará con el respectivo recibo de pago del peaje.
- Vehículos que tengan adaptados los mecanismos para desplazar discapacitados o en los que ellos se desplacen.
- Motocicletas de empresas de vigilancia que ejerzan la supervisión cuyos conductores estén debidamente identificados, uniformados, en las cuales solamente se podrá movilizar el conductor.
- Vehículos de medios de comunicación destinados para esta actividad.
- Vehículos destinados al control de tráfico, grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados.
- Motocicletas que presten servicios domiciliarios, representación comercial y de ventas, cuyos conductores estén debidamente identificados y uniformados.
- Vehículos destinados a la entrega de encomiendas hasta cinco toneladas debidamente identificados con logo y uniforme de la empresa.
- Estarán exceptuados aquellos vehículos que se movilicen por las variantes.
- Vehículos de las empresas de enseñanza automovilística dedicadoa a labores de capacitación, debidamente identificados y con los emblemas respectivos.
- Asimismo, con la pandemia, se exceptúa al personal médico de Ibagué que laboren en instituciones o puestos de salud.