El Tolima tendrá un séptimo cupo a la Cámara de Representantes

Conozca cuáles son los municipios beneficiados con la decisión del Gobierno Nacional.

Tarjeton27

A través del acto legislativo 02, el Gobierno del presidente Iván Duque dio vida jurídica a las 16 curules para las víctimas del conflicto armado que fueron pactadas en la firma de los acuerdos con las FARC. 

Solamente podrán ser candidatos las personas que acrediten su condición de víctimas, dejando a un lado a partidos políticos con personería jurídica, ex miembros de las antiguas FARC e integrantes del partido Comunes. 

En cuanto a proceso de elección se aclara que será mediante el sistema de lista donde las organizaciones que quieran presentar candidatos deberán proponer máximo 2 personas respetando la paridad de género (hombres y mujeres). 

Para el caso del Tolima, la circunscripción que entregará una curul más para dos periodos le corresponderá a los municipios de Ataco, Chaparral, Planadas y Rioblanco.

Las elecciones se realizarán el mismo día en el que el país escoja al nuevo Congreso de la república en marzo del 2022. 

La inscripción de candidatos por grupos significativos de ciudadanos, requerirá respaldo ciudadano equivalente al 10% del censo electoral de la respectiva Circunscripción Transitoria Especial de Paz. En ningún caso se requerirá más de 20.000 firmas. 

En todo caso, la votación de las circunscripciones transitorias especiales de Paz no se tendrá en cuenta para determinar el umbral de acceso a la distribución de curules en la elección ordinaria de la Cámara de Representantes. 

Requisitos: 

Haber nacido o habitado en el territorio de la respectiva circunscripción los tres años anteriores a la fecha de la elección.

Los desplazados que se encuentren en proceso de retorno con el propósito de establecer en el territorio de la circunscripción su lugar de habitación, deberán haber nacido o habitado en al menos tres años consecutivos en cualquier época. 

La financiación de las campañas será preponderantemente estatal, mediante el sistema de reposición de votos y acceso a los anticipos, en los términos y topes que determine la autoridad electoral.