Justicia ordinaria asume el caso por el asesinato de Santiago Murillo


En la decisión se aclara que el mayor Jorge Mario Molano no accionó su arma de fuego para proteger su vida o de quienes estaban a su alrededor, por lo cual no se puede catalogar como un acto de servicio.


Justicia Santiago Murillo 27
Se acabó la espera, la Corte Constitucional dirimió el conflicto de competencias que existía en el caso del asesinato de Santiago Murillo.

Según la decisión de la Alta Corte, la investigación sobre los hechos que ocurrieron el pasado primero de mayo en la carrera Quinta con Calle 60 serán exclusivamente competencia de la Fiscalía.

En el documento se aclara que el mayor Jorge Mario Molano no accionó su arma de fuego para proteger su vida o de quienes estaban a su alrededor, por lo cual no se puede catalogar como un acto de servicio.

En su momento el Juzgado 188 de Instrucción Penal Militar indicó que los hechos se generaron por la alteración del orden público en el marco de actividades de protesta social por lo que se había solicitado que se tuviera en cuenta como un acto de servicio.

En la argumentación aparece un hecho que hasta el momento no se había conocido, Molano no estaba asignado a los operativos de control del orden público por el paro nacional. El mayor habría llegado al sitio por la solicitud del teniente Pablo Parra quién aseguró que al lugar se acercaban cerca de 200 personas.

Hay que recordar que el mayor Jorga Mario Molano se encuentra detenido en la cárcel de Picaleña desde el pasado 18 de junio. Ese día, la Jueza Quinta Con función de control de garantías dijo que Molano habría incurrido en la manipulación de testigos para culpar al patrullero de nombre Óscar Devia.

En la revisión, se evidenció que la bala que se encontró en el cuerpo de Santiago Murillo coincide con el arma de dotación otorgada a Molano desde el año 2017.