Fallo obliga adoptar medidas de seguridad en el Puente de la Variante de Ibagué

por Daniel Garcia

La Personería Municipal espera que en un plazo de tres meses se tomen las medidas necesarias para evitar que esta estructura sea utilizada por personas con intención suicidas.

puente de variante

Ante la situación que ha venido aconteciendo con el puente de la variante de Ibagué, donde la ciudadanía ha venido pidiendo elementos de protección para evitar que personas con ideaciones suicidas se desplacen a este lugar, en las últimas se conoció un fallo que obliga a adoptar medidas de seguridad en dicha estructura.

Francy Johana Ardila, personera Municipal de Ibagué, indicó que en los próximos meses las entidades encargadas de dicho corredor como la Concesionaria APP Gica y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), deberán implementar acciones para evitar que personas busquen acabar con su vida allí.

“La ANI y la Sociedad App Gica, son las encargadas del diseño, construcción, operación y mantenimiento de la segunda calzada entre Ibagué y Cajamarca, quienes en un término no mayor a tres meses, deberán adoptar las medidas contractuales, presupuestales, técnicas y estructurales que resulten necesarias para evitar que el puente ubicado en la vía Armenia Variante Sur, sea utilizado por personas con intenciones suicidas para lanzarse al vacío, sin que tales medidas afecten el libre tránsito vehicular, peatonal o la estructura del mismo”.

Según la jefe del Ministerio Público, con dicho fallo tiene como fin que se eviten más suicidios consumados desde esta zona de la capital tolimense.

“La decisión del Tribunal Administrativo del Tolima en primera instancia, con ponencia del Magistrado Ángel Ignacio Álvarez Silva, está relacionada con la Acción Popular impetrada por la suscrita Personera de Ibagué, Francy Johanna Ardila Salazar, con la que se busca preservar la vida de los ciudadanos”.

Finalmente, acotó que “el fallo también ordena la implementación de campañas de salud mental, y prevención del suicidio, igualmente que la Administración Municipal garantice la atención de manera ininterrumpida, las 24 horas del día, durante todo el año, de líneas de atención psicológica y la instalación de cámaras de seguridad con el fin de monitorear la totalidad de la estructura las 24 horas del día, los 7 días de la semana”.